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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°1092

Materias únicas: Remuneraciones
Fecha: 08-ago-2023

Los descuentos por los que se consulta deberán efectuarse previo acuerdo por escrito entre empleador y trabajador, conforme lo establece el artículo 58 inciso 3° del Código del Trabajo, respetando el tope del 15% de la remuneración total del Trabajador.

Documentos relacionados dictamen 1778/118 de 21.04.1998 (2)

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ORD. Nº71/4

Fecha: 05/01/1999

Ley 19.464; Aplicabilidad; Organizaciones sindicales; Practicas desleales; Competencia; Sindicato; Empresa; Afiliación; Personal no docente; Incremento de remuneraciones; Cálculo y pago sostenedor con mas de un establecimiento; Pagos indebidos; Efectos;

Dictámenes

ORD.: Nº1778/118

Fecha: 21/04/1998

Remuneraciones; Pagos indebidos; Efectos; Ley 19.464; Incremento de remuneraciones;