La forma de pago de las asignaciones de estudio convenidas en contrato colectivo vigente celebrado entre la Empresa Maderas Iberia S.A. y el Sindicato de Trabajadores constituido en ella, se encuentra ajustada a Derecho, por cuanto ésta se ha verificado por la Empresa de que se trata acorde lo estipulado expresamente por las partes en la cláusula decimo séptima del referido contrato.