Se deniega la reconsideración del Ordinario N° 1523, de 13.08.99, de la Inspección Provincial de Iquique, y se reitera que Essat S.A.E. se encuentra obligada a pagar a sus dirigentes sindicales las horas de permiso sindical.
Documentos relacionados dictamen 5798/360 de 25.11.1999 (1)