dictamen 5590/335 de 11.11.1999
Dictamen destacado
ORD. Nº5590/335
Materias únicas: instrumento colectivo - legalidad de cláusula - negociación colectiva
Fecha: 11-nov-1999
No resulta jurídicamente procedente que el Departamento de Bienestar de la Empresa Eccsa S.A., exija a los trabajadores firmar una letra de cambio en blanco a objeto de asegurar el pago de los préstamos otorgados por el empleador para bonificar las prestaciones de salud que no sean cubiertas por los organismos correspondientes.
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Dictámenes
Fecha: 11/11/1999
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Legalidad de cláusula;