Resulta procedente incluir el beneficio de colación pactado en la cláusula 9ª del contrato colectivo vigente, celebrado entre la Empresa SABIMET S.A. y los Sindicatos de Trabajadores Nº 1 y 2 constituidos en la misma, para los efectos de calcular la indemnización legal por años de servicio y la sustitutiva del aviso previo.