dictamen 4349/248 de 23.08.1999
Dictamen destacado
ORD. Nº4349/248
Materias únicas: adherentes - cambio efectos - instrumento colectivo - mutualidades de empleadores
Fecha: 23-ago-1999
1) El cambio de mutualidad de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que pueda efectuar la empresa Grau S.A., Aglomerados de Hormigón, no perjudicaría el bono de seguridad pactado en contrato colectivo suscrito con su Sindicato. 2) Son los empleadores o las empresas las que se adhieren a una mutualidad de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, por lo que no se exige legalmente consulta previa a los trabajadores como requisito para un cambio en dicha adhesión.
Documentos relacionados dictamen 4349/248 de 23.08.1999 (1)
Dictámenes
Fecha: 23/08/1999
Mutualidades de empleadores; Cambio; Efectos; Instrumento colectivo; Adherentes;