1) Se ajusta a derecho la aprobación del Reglamento de Fondo de Ahorro, por la asamblea extraordinaria del Sindicato Nº 3 de Trabajadores de Empresa Centenario S.A.
2) La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre el contenido del referido Reglamento y de la eventual devolución de dineros descontados por la aplicación de ese mismo instrumento.