La Dirección del Trabajo se encuentra legalmente impedida de interpretar las cláusulas contenidas en el Contrato de Transacción celebrado entre la empresa Santa Isabel S.A. y sus trabajadores, en virtud del cual se acordó la reincorporación a sus funciones de alguno de ellos, no pudiendo, por ende, calificar como remuneraciones las sumas pagadas a éstos por el tiempo que estuvieron separados de sus funciones y requerir el pago de las cotizaciones previsionales que pudieran corresponder por dicho período.