Los dependientes que se desafiliaron del sindicato nacional de trabajadores constituido en el Instituto de Seguridad del Trabajo, deben continuar haciendo el aporte del 75% de la cotización mensual ordinaria de $1.500 que establece el estatuto de la referida organización gremial.
Documentos relacionados dictamen 2918/164 de 04.09.2002 (1)