dictamen 662/42 de 14.03.2002
Dictamen destacado
ORD. Nº662/42
Materias únicas: calificación de beneficios - remuneración - remuneraciones
Fecha: 04-mar-2002
Se confirma en todas sus partes el dictamen Nº 843/41 de 09.03.2001 y se deja sin efecto la letra a) de las conclusiones del dictamen Nº 5849/387, de 26.11.98, en aquella parte que declaró que la remuneración de las horas extraordinarias garantizadas tienen el carácter de sueldo.
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Dictámenes
Fecha: 26/11/1998
Horas extraordinarias; Base cálculo; Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación; Gratificación convencional;