dictamen 8083/275 de 09.12.1991
Dictamen destacado
ORD. Nº5882/367
Materias únicas: licencia médica - necesidades de la empresa - procedencia - terminación de contrato individual
Fecha: 02-dic-2005
No resulta jurídicamente procedente dar aviso de terminación de contrato de trabajo invocando la causal prevista en el artículo 161, inciso 1º del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio a un docente del sector particular subvencionado, mientras hace uso de licencia por enfermedad.
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Dictámenes
Fecha: 27/03/2002
Despido Antisindical; Trabajador sin Fuero; Efectos; Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; Colegios Particulares Subvencionados; Terminación Contrato Individual; Necesidades de la Empresa; Formalidades; Omisión; Efectos; Procedencia; Licencia Médica;