dictamen 231/14 de 21.01.2002
Dictamen destacado
ORD. Nº231/14
Materias únicas: colegio particular subvencionado - dife - duración - estatuto docente - jornada de trabajo - modificación
Fecha: 21-ene-2002
El empleador no se encuentra facultado para reducir unilateralmente o por su sola voluntad la jornada de trabajo del personal docente pactada en sus contratos de trabajo, aún cuando invoque para ellos nuevos planes o programas de estudio.
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Dictámenes
Fecha: 21/01/2002
Colegios Particulares Subvencionados; Jornada de Trabajo; Duración; Modificación;