El sistema de ofertas de créditos, parte de una campaña promocional de la empresa recurrida, en que el cliente puede realizar la operación de manera directa e inmediata ante la empresa, sin recurrir a las formas tradicionales y comunes mediante la participación de los respectivos ejecutivos de venta, no aparece como lesivo de la libertad de trabajo consagrada en el artículo 19 número 16 incisos primero y segundo de la Constitución Política de la República.