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Dictamen destacado

ORD. Nº3883/195

Materias únicas: efectos - estatuto de salud - formalidades - jubilación - licencia médica - salud incompatible o irrecuperable - terminación de contrato
Fecha: 22-oct-2001

La Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joa­quín, está impedida de descon­tar de las remuneraciones de su personal, las asignaciones de movilización y colación durante el período de uso de licencia médica por descanso de maternidad, porque en el sistema funcionario de salud municipal du­rante ese pe­ríodo, los fun­cio­narios per­ciben el total de sus remu­ne­raciones. Reconsidérase el dic­tamen Nº 1415/­10­8, de 10.04­.2001 sólo en la parte indica­da en el pre­sente informe. Déjanse sin efec­to las ins­trucciones Nº D-13.­02.­01/­3646, de 30.07.­2001, impar­ti­das por la Ins­pección Comu­nal del Tra­bajo Santiago Sur.

Documentos relacionados dictamen 1415/108 de 10.04.2001 (1)

Dictámenes

ORD. Nº3883/195

Fecha: 22/10/2001

Jubilación; Efectos; Terminación de Contrato; Salud Incompatible o Irrecuperable; Formalidades; Licencia Médica;