dictamen 3659/180 de 02.10.2001
Dictamen destacado
ORD. N°1598
Materias únicas: Reglamento interno
Fecha: 03-jun-2021
Las sanciones que puede aplicar el empleador ante una infracción del trabajador al Reglamento Interno de la empresa, sólo pueden consistir en amonestación verbal o escrita, y en multas, en conformidad a lo expuesto en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
Documentos relacionados dictamen 3659/180 de 02.10.2001 (2)
Ordinarios
Fecha: 15/09/2016
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Facultad disciplinaria y sancionatoria; Legalidad de las sanciones;
Dictámenes
Fecha: 02/10/2001
Contrato Individual; Tercero Ajeno; Competencia Dirección del Trabajo; Facultades de Administración; Cláusula Tácita; Suspensión de Funciones; Procedencia;