dictamen 1985/95 de 29.05.2000
Dictamen destacado
ORD. N°2838/132
Materias únicas: efectos - estatuto de salud - facultades del empleador - formalidades - jubilación - permisos - salud incompatible o irrecuperable - terminación de contrato
Fecha: 27-jul-2001
Resulta improcedente impedir el uso de los permisos que contempla el artículo 17 de la ley 19.378, los días lunes y viernes o exigir la presentación de la solicitud respectiva con 48 horas de anticipación.
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Dictámenes
Fecha: 27/07/2001
Jubilación; Efectos; Terminación de Contrato; Salud Incompatible o Irrecuperable; Formalidades; Permisos; Facultades del Empleador;