1) La Corporación Municipal de Ancud se encuentra facultada para exigir a don Oscar Valencia Hernández labores de director y de docente propiamente tal.
2) No le asiste al referido profesional de la educación el derecho a percibir la bonificación especial prevista en el artículo 13 de la Ley Nº 19.715 por no detentar la calidad de profesor encargado de escuela rural.