dictamen 345/19 de 23.01.2001
Dictamen destacado
ORD. Nº345/19
Materias únicas: colegio particular subvencionado - dife - ley 19.648 - titularidad
Fecha: 23-ene-2001
No resulta jurídicamente procedente considerar como años continuos para acceder al beneficio de la titularidad en el cargo previsto en la ley Nº 19.648, aquellos entre los cuales media un día domingo, festivo o feriado.
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Dictámenes
Fecha: 23/01/2001
Colegios Particulares Subvencionados; Ley Nº19.648; Titularidad;