Los trabajadores afiliados al Sindicato Nacional Interempresa de Trabajadores Administrativos y Especializados Nº 9 de Empresa Compañía de Teléfonos de Chile S.A. Filiales Sucesores, Derivados y Afines Sintelfi y a los Sindicatos de la Federación Zona, no se encuentran obligados a efectuar el aporte previsto en el inciso 1º del artículo 346 del Código del Trabajo a ninguna de las organizaciones sindicales que integran la Agrupación de Sindicatos Cía. de Telecomunicaciones de Chile S.A.