Debe entenderse precisado dictamen Ord. 2654/209, de 29.06.2000, en orden a que el reajuste de remuneraciones mínimo de $20.000.- y máximo de $30.000.- de contrato colectivo vigente en la empresa Editorial Planeta Chilena S.A., sólo resulta aplicable en el primer reajuste de remuneraciones que correspondió pagar según el contrato en julio recién pasado, y para los futuros reajustes regirá únicamente el régimen de variación del I.P.C. fijado en el mismo contrato.