dictamen 4232/306 de 11.10.2000
Dictamen destacado
ORD. N°1257
Materias únicas: gratificación
Fecha: 16-abr-2021
El empleador no está obligado al pago de la gratificación otorgada anticipadamente y mes a mes. si ésta ha sido incluida para el cálculo del subsidio por licencia médica, en tal caso, debe pagarse sólo la gratificación proporcional a los días efectivamente trabajados.
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