Se mantiene vigente la relación laboral para efectos remuneratorios, respecto de los trabajadores a los cuales se ha puesto término a su contrato, constatándose por este Servicio, con posterioridad, que existen diferencias de remuneraciones y, por ende, que las cotizaciones previsionales no se encontraban íntegramente pagadas al momento de la terminación de los servicios.