ordinario 2091 de 18.04.1986
Dictamen destacado
ORD. N°2895
Materias únicas: choferes
Fecha: 23-dic-2021
1-. Los trabajadores de vehículos de transporte interurbano de pasajeros y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros deben utilizar el mecanismo de control de asistencia contemplado en la Resolución Exenta N°1081 de 22.09.2005 de esta Dirección. 2-. Los trabajadores de vehículos de transporte privado remunerado urbano de pasajeros no se encuentran sujetos a un sistema especial de control de asistencia, debiendo regirse por las reglas generales contenidas en el inciso 1° del artículo 33 del Código del Trabajo. 3-. El sistema propuesto por la empresa consultante no constituye un libro de asistencia en los términos establecidos por la jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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Dictámenes
Fecha: 20/02/2001
Registro de asistencia y determinación horas de trabajo; Sistema Especial; Recurso; Trabajador Agrícola;