Las instrucciones Nº 99/939, de 31.08.99 impartidas por el fiscalizador don Sergio Cortes S., dependiente de la Inspección Provincial del Trabajo de Concepción; Nº 99/548, de 19.08.99, impartidas por el fiscalizador don Enrique San Martín G., de la Inspección Provincial del Trabajo de Chillán y Nº 99/734, de 19.08.99, dadas por la fiscalizador Sra. Luisa Villanueva B., de la Inspección Provincial del Trabajo de Los Angeles, en las cuales se instruye a la Empresa Correos de Chile el pago de diferencias de horas extraordinarias con sus respectivas Cotizaciones Previsionales y de Salud por el período diciembre de 1998 a julio de 1999, se encuentran ajustadas a derecho y no procede, por tanto, su reconsideración.
Documentos relacionados dictamen 2677/211 de 03.07.2000 (1)