dictamen 1588/130 de 14.04.2000
Dictamen destacado
ORD. N°1588/130
Materias únicas: actividades lucrativas - competencia - dirección del trabajo - organizaciones sindicales - organización sindical
Fecha: 14-abr-2000
1)No existe impedimento legal alguno para que una Federación y las organizaciones sindicales base constituyan una sociedad anónima cerrada, en la medida que la actividad esté contemplada en los estatutos respectivos y se cumpla con las disposiciones que en materia de patrimonio sindical contienen los incisos 1º y 2º del artículo 259 del Código del Trabajo.
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Dictámenes
Fecha: 14/04/2000
Competencia Dirección del trabajo; Organización sindical; Actividades lucrativas;