El incentivo de producción que percibieron los trabajadores de las secciones Mantención, Taller, Bodega Materias Primas, Despacho e Instalaciones Muro Cortina de la empresa Ingewall S.A. en virtud del contrato colectivo de 30.05.96 y el incentivo a la eficiencia que actualmente perciben los mismos trabajadores conforme al contrato colectivo de 29.05.98, son beneficios de carácter variable que no integran la base de cálculo de las horas extraordinarias.
Documentos relacionados dictamen 316/19 de 18.01.1999 (1)