ordinario 2911 de 11.06.2015
Dictamen destacado
ORD. N°163
Materias únicas: contrato individual de trabajo
Fecha: 30-ene-2023
En virtud del artículo 1545 del Código Civil, todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, no pudiendo modificarse sino por el consentimiento mutuo de las partes, al tenor de lo expuesto en el presente informe.
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Ordinarios
Fecha: 08/07/2016
Descanso semanal; Trabajadores exceptuados del descanso en día domingo y festivos; Cláusula tácita; Improcedencia de modificar unilateralmente la distribución de los descansos;
Ordinarios
Fecha: 11/06/2015
Contrato de trabajo; Cláusula Tácita; Modificación unilateral;