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ORD. N°2484

Materias únicas: beneficio de la titularidad de la ley 20.804 - corporación municipal - estatuto docente - ley 20.804 - profesional de la educación clases de religión - requisitos
Fecha: 19-may-2015

Accede al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº 19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, aquel contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo título de profesional de la educación, se encuentra autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación para ejercer la función docente y que cuenta, además, con el certificado de idoneidad otorgado por la autoridad religiosa respectiva, para impartir clases de religión.

Documentos relacionados dictamen 1007/52 de 27.03.2002 (1)

Ordinarios

ORD. N°2484

Fecha: 19/05/2015

Estatuto Docente; Corporación Municipal; Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804; Requisitos; Profesional de la educación autorizado para impartir clases de religión;