ordinario 2484 de 19.05.2015
Dictamen destacado
ORD. N°2484
Materias únicas: beneficio de la titularidad de la ley 20.804 - corporación municipal - estatuto docente - ley 20.804 - profesional de la educación clases de religión - requisitos
Fecha: 19-may-2015
Accede al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº 19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, aquel contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo título de profesional de la educación, se encuentra autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación para ejercer la función docente y que cuenta, además, con el certificado de idoneidad otorgado por la autoridad religiosa respectiva, para impartir clases de religión.
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Colegios Particulares Subvencionados; Ley Nº19.648; Titularidad;