No resulta jurídicamente procedente autorizar que la empresa Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., implemente el sistema denominado "Pharos" para dar a conocer a sus dependientes sobre la información asociada a las campañas, como, también, el procedimiento para determinar sus remuneraciones variables, por atentar ello contra el carácter consensual del contrato de trabajo y contra el principio de certeza de las remuneraciones.