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Dictamen destacado

ORD. N°1127

Materias únicas: carácter consensual - contrato de trabajo - principio de certeza y protección de las remuneraciones
Fecha: 10-mar-2015

No resulta jurídicamente procedente autorizar que la empresa Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., implemente el sistema denominado "Pharos" para dar a conocer a sus dependientes sobre la información asociada a las campañas, como, también, el procedimiento para determinar sus remuneraciones variables, por atentar ello contra el carácter consensual del contrato de trabajo y contra el principio de certeza de las remuneraciones.

Documentos relacionados ordinario 1127 de 10.03.2015 (1)

Ordinarios

ORD. N°1127

Fecha: 10/03/2015

Principio de certeza de las remuneraciones; Contrato de trabajo; Carácter consensual;