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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°2156

Materias únicas: docente
Fecha: 21-jul-2020

La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre materias que inciden en un finiquito de trabajo extendido cumpliéndose los requisitos legales establecidos en el artículo 177 del Código del Trabajo toda vez que este último tiene pleno poder liberatorio entre las partes salvo respecto de aquellos derechos reservados en el finiquito. En el evento de existir una controversia entre las partes sobre la existencia del derecho, su conocimiento y resolución corresponderá a los Juzgados de Letras del Trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 420, letra a) del Código del Trabajo.

Documentos relacionados dictamen 1115/22 de 06.03.2015 (2)

Ordinarios

ORD. N°2154

Fecha: 21/07/2020

Finiquito; Beneficio de la prórroga de los contratos de los profesionales de la educación; Bono de vacaciones;

Dictámenes

ORD. N°1115/22

Fecha: 06/03/2015

Estatuto Docente; Establecimiento particular subvencionado; Bono de vacaciones de la ley Nº 20.799; Prórroga del contrato de trabajo;