ordinario 5062 de 16.12.2014
Dictamen destacado
ORD. N°5062
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo - instrumento colectivo - interpretación
Fecha: 16-dic-2014
La Dirección del Trabajo carece de competencia para precisar el sentido y alcance de la cláusula 11.11. del acuerdo colectivo suscrito con fecha 01.03.2011, en su texto modificado por anexo de 23 de junio de igual año, en cuanto a determinar si a los asistentes de la educación, que habiendo sido contratados por la Corporación Municipal de Pirque, y a quienes dicha entidad les reconoció años de servicios prestados con anterior empleadora, les asiste o no el derecho a percibir la asignación de experiencia prevista en la referida clausula.
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Ordinarios
Fecha: 16/12/2014
Competencia Dirección del Trabajo; Instrumento Colectivo; Interpretación;