En consecuencia, a la luz de las normas legales y jurisprudencia administrativa citadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a Ud. que respecto de sus empleadores don Manuel Giovanetti Gallardo y la Sociedad Educacional Giovanetti Ltda., existe continuidad laboral, de acuerdo a lo previsto en el artículo 4º, inciso 2º, del Código del Trabajo.