dictamen 359/3 de 27.01.2014
Dictamen destacado
ORD.N°368
Materias únicas: Corporación Municipal - Docente de nivel central - Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional - Estatuto Docente - Procedencia
Fecha: 02-jun-2025
1) La relación laboral entre los educadores por los que se consulta y la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta queda regida por las normas del Estatuto Docente y, supletoriamente, por el Código del Trabajo y sus leyes complementarias. 2) Tienen derecho a percibir la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional aquellos educadores que integran una dotación docente y que se desempeñan directamente en el nivel central de la Corporación Municipal en funciones técnico-pedagógicas. 3) La Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional se incorpora al patrimonio del trabajador en el momento en que se efectúa la prestación de los servicios convenidos, como una obligación pura y simple, no sujeta a condiciones.
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Fecha: 07/12/2016
Bono de zonas extremas de la leyes N°s. 20.250 y 20.313; Pago a trabajadores que prestan servicios en el nivel central de una Corporación Municipal; Bono de zonas extremas de carácter convencional;
Ordinarios
Fecha: 27/08/2015
Estatuto Docente; Corporación Municipal; Labores directivas a nivel central; Bono zonas extremas;
Ordinarios
Fecha: 02/06/2025
Estatuto Docente; Corporación Municipal; Docente de nivel central; Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional; Procedencia;