1) Los docentes que prestan servicios en funciones técnico pedagógicas en el nivel central de la Corporación Municipal de Castro, tienen derecho a percibir la Bonificación de Reconocimiento Profesional prevista en el artículo 1º de la Ley Nº20.158 y la Asignación de Responsabilidad Técnico Pedagógica establecida en el artículo 51 del Estatuto Docente. 2) Los referidos profesionales de la educación del nivel central tienen derecho a hacer uso de feriado legal en los términos previstos en los artículos 67 y siguientes del Código del Trabajo, no asistiéndoles, sin embargo, el derecho a descanso durante el período en que los alumnos de los establecimientos educacionales administrados por dicha Corporación Municipal hacen uso de las vacaciones de invierno.