La Corporación Municipal de Providencia no se encontró facultada para condicionar a una asistente de la educación del Liceo José Victorino Lastarria, el otorgamiento de un permiso sin goce de remuneraciones, a la circunstancia que dicho permiso se extendiera por todo el período de interrupción de las actividades escolares en los meses de enero y febrero de 2012, atendido que desde el 15 de enero de 2012 al 29 de febrero de 2012, le asistió el derecho a hacer uso de su feriado convencional, superior a quince días hábiles, y por ende, a percibir remuneración íntegra por tales días.