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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. Nº516/22

Materias únicas: base de cálculo - bono por trabajo nocturno - semana corrida
Fecha: 20-ene-1995

Para los efectos de calcular la remuneración de los días domingo y festivos a que alude el artículo 45 del Código del Trabajo, tratándose de los trabajadores que laboran para Industrias de Maíz y Alimentos S.A., debe considerarse el bono por día domingo y el de trabajo nocturno convenidos por las partes y excluírse el sobresueldo.