El personal de choferes de vehículos de carga terrestre interurbana dependiente de la empresa Depetris e Hijos y Cia. Ltda., se encuentra afecto al artículo 25 del Código del Trabajo, por tanto, los tiempos de espera por carga y descarga y aquellos en que el vehículo circula vacío en el circuito de transporte de concentrado de cobre descrito en el cuerpo de este oficio, es imputable a la jornada de trabajo