terminacion contrato de trabajo
Dictamen destacado
ORD. N°1404
Materias únicas: competencia dirección del trabajo - terminacion contrato de trabajo
Fecha: 31-mar-2017
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse acerca de si un despido por la causal dispuesta en el N°7 del artículo 160 del Código del Trabajo se encuentra o no ajustado a derecho, correspondiendo dicha facultad a los Tribunales del Trabajo, conforme lo dispone el artículo 168 del mismo cuerpo legal.
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Fecha: 31/03/2017
Dirección del Trabajo; Competencia; Terminación del contrato de trabajo; Calificación; Tribunales de Justicia;