nuevos planes de estudio
Dictamen destacado
ORD. Nº191/14
Materias únicas: calificación de causales - colegio particular subvencionado - competencia - dife - dirección del trabajo - duración - estatuto docente - jornada de trabajo - modificación - nuevos planes de estudio - terminación de contrato individual
Fecha: 11-ene-2001
1) El empleador no se encuentra facultado para modificar unilateralmente o por su sola voluntad la duración de la jornada de trabajo de los profesionales de la educación pactada en sus contratos de trabajo, aún cuando invoque para ello nuevos planes o programas de estudio. 2) La Dirección del Trabajo carece de competencia para calificar si determinados hechos configuran alguna causal de terminación del contrato de trabajo, correspondiendo esta facultad exclusivamente a los Tribunales de Justicia.
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Dictámenes
Fecha: 11/01/2001
Competencia Dirección del Trabajo; Terminación Contrato Individual; Calificación; Causales; Colegios Particulares Subvencionados; Jornada de Trabajo; Duración. Modificación. Nuevos Planes de Estudio.