Ordinarios
Ley 21.645; Artículo 376 inciso final del Código del Trabajo; Dirección del Trabajo; Competencia;
ORD.N°540
07-ago-2025
Esta Dirección carece de facultades para determinar si los acuerdo que pueden suscribir las organizaciones sindicales y el empleador en virtud de lo dispuesto en el artículo 376 inciso final del Código del Trabajo, con el objeto de que las trabajadoras y trabajadores que se encuentren en las condiciones allí previstas soliciten la reducción transitoria de su jornada laboral durante todo o parte del período de vacaciones escolares, podrían incluir la rebaja proporcional de sus remuneraciones, por cuanto, el legislador ha otorgado a los sindicatos y al empleador la facultad de convenir los términos de dichos pactos, sin que a este Servicio le corresponda pronunciarse al respecto.