Ordinarios
Sistema de registro y control de asistencia digital;
ORD. N°794
26-nov-2024
A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E185259 (1496) 2024
ORD. N°794
MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
RORD.: A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
ANTS.: 1) Instrucciones de 12.11.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Oficio N°1301-25625/2024 de 30.07.2024 de Inspector Provincial (S) del Trabajo de Santiago.
3) Presentación de 17.07.2024 de don Ricardo Garcés Santibáñez.
SANTIAGO, 26.11.2024
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR. RICARDO GARCÉS SANTIBÁÑEZ
M.A. MATTA N°549, OFICINA 1007
OSORNO
ricardogarces.santibanez@gmail.com
Mediante la presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si resulta posible implementar, en el contexto del teletrabajo, el sistema electrónico de registro y control de asistencia que presenta.
Precisado lo anterior, cabe indicar que su presentación fue ingresada a este Servicio con fecha 17.07.2024, no obstante, el 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.
En conclusión, a la luz de la norma administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, a partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se rechaza la solicitud.
Saluda atentamente a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
GMS/RCG
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Jurídico;
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