Ordinarios
Contrato Individual de Trabajo; Modalidad Trabajo remoto; Alerta Sanitaria; Código del Trabajo, artículo 206 bis;
ORD. N°410
28-jun-2024
No resulta aplicable la modalidad de trabajo remoto contemplada en el artículo 206 bis del Código del Trabajo, como consecuencia de la dictación del Decreto N°13 de 20.03.2024, que ha declarado alerta sanitaria para las regiones que indica y la modifica el Decreto N°28 de 01.09.2023, ambos del Ministerio de Salud, por las razones expuestas en el cuerpo de este informe.