Ordinarios
Estatuto Docente; Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Descanso Pre y Post Natal; Docente de Reemplazo;
ORD. N°711
14-feb-2013
El contrato de trabajo de la docente por quien se consulta, debe entenderse prorrogado por los meses de enero y febrero del año en curso, atendido que, según los antecedentes proporcionados, ésta cumple con los requisitos previstos por el artículo 82 de la ley N°19.070, antes transcrito y comentado.