Ordinarios
Cláusula Tácita; Competencia Dirección del Trabajo; Procedencia;
ORD. N°1942
11-nov-2022
La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de una materia laboral controvertida entre las partes, que requiera de prueba y su ponderación.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo I De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional