Ordinarios
Jornada de Trabajo de Conductores; Transporte Forestal;
ORD. N°1748
01-jul-2021
La Dirección del Trabajo no puede autorizar las alternativas propuestas para el goce de los descansos interconducción contemplados en el inciso 3° del artículo 25bis del Código del Trabajo, los cuales constituyen derechos irrenunciables de los dependientes por los que se consulta.