Ordinarios
Documentación Laboral; Sistema Electrónico;
ORD. N°1392
08-abr-2020
Atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E49196 (2588) 2019
ORD. N°1392
MAT.: Documentación laboral electrónica.
RORD.: Atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.
ANT.: 1) Instrucciones de 06.01.2020 y 16.03.2020, de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Correo electrónico de 11.12.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía.
3) Presentación de 25.11.2019 de Sr. Rodrigo Logan Soto, en representación de empresa Abogado Digital S.p.A.
SANTIAGO, 08.04.2020
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A:RODRIGO LOGAN SOTO
rlogan@logan-abogados.cl
ABOGADO DIGITAL S.P.A.
HUÉRFANOS N°863, OF. 817-818
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente 3), usted ha informado a este Servicio la creación de un portal de generación y firma de documentación en formato digital.
Asimismo, solicita a esta Dirección la emisión de un acto administrativo relacionado con la operación de la mencionada plataforma.
Precisado lo anterior, es del caso indicar que al no existir claridad respecto de la o las peticiones concretas planteadas por usted se le solicitó, mediante correo electrónico de antecedente 2), que precisara su solicitud.
Sin embargo, a la fecha de confección del presente informe no se ha recibido respuesta a la citada comunicación lo que, dada la falta de claridad respecto de la petición, consecuencialmente impide a este Servicio emitir un pronunciamiento.
En consecuencia, sobre la base de las consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.
Saluda atentamente a Ud.,
SONIA MENA SOTO
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes.