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Período

Ordinarios

Documentación Laboral; Sistema Electrónico;

ORD. N°1392

08-abr-2020

Atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.

documentación laboral, sistema electrónico,

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos,

Innovación y Estudios Laborales

E49196 (2588) 2019

ORD. N°1392

MAT.: Documentación laboral electrónica.

RORD.: Atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.

ANT.: 1) Instrucciones de 06.01.2020 y 16.03.2020, de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

2) Correo electrónico de 11.12.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía.

3) Presentación de 25.11.2019 de Sr. Rodrigo Logan Soto, en representación de empresa Abogado Digital S.p.A.

SANTIAGO, 08.04.2020

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A:RODRIGO LOGAN SOTO

rlogan@logan-abogados.cl

ABOGADO DIGITAL S.P.A.

HUÉRFANOS N°863, OF. 817-818

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente 3), usted ha informado a este Servicio la creación de un portal de generación y firma de documentación en formato digital.

Asimismo, solicita a esta Dirección la emisión de un acto administrativo relacionado con la operación de la mencionada plataforma.

Precisado lo anterior, es del caso indicar que al no existir claridad respecto de la o las peticiones concretas planteadas por usted se le solicitó, mediante correo electrónico de antecedente 2), que precisara su solicitud.

Sin embargo, a la fecha de confección del presente informe no se ha recibido respuesta a la citada comunicación lo que, dada la falta de claridad respecto de la petición, consecuencialmente impide a este Servicio emitir un pronunciamiento.

En consecuencia, sobre la base de las consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.

Saluda atentamente a Ud.,

SONIA MENA SOTO

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes.

ORD. N°1392
documentación laboral, sistema electrónico,

Catalogación

Concordancias directas:ordinario 1392, 08.04.2020
documentación laboral, sistema electrónico,