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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Contrato individual; Contratos de duración igual o inferior a 30 días; Remuneraciones;

ORD. N°6523

26-dic-2018

En los contratos de trabajo de duración superior a treinta días e inferior a sesenta, no resulta aplicable la norma del inciso 4° del artículo 44 del Código del Trabajo, que establece que en la remuneración de los trabajadores se encuentra incluido el pago que deba efectuarse a éstos por concepto de feriado y demás derechos que se devenguen en proporción al tiempo servido.

Contrato individual; Contratos de duración igual o inferior a 30 días; Remuneraciones;
ORD. N°6523
Contrato individual; Contratos de duración igual o inferior a 30 días; Remuneraciones;

Catalogación

Concordancias directas:ordinario 6523, 26.12.2018
Contrato individual; Contratos de duración igual o inferior a 30 días; Remuneraciones;