Ordinarios
Dirección del trabajo; Competencia; Servicio público; Contrato comercial; Naturaleza jurídica;
ORD. N°5560
31-oct-2018
La Direccion del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la legalidad de una cláusula contenida en un contrato comercial suscrito por la Armada de Chile, correspondiendo dicha atribución a la Contraloría General de la República.
DEPARTAMENTO JURIDICO
E.14299 (2222) 2018
ORD.:5560
MAT.: Dirección del trabajo; Competencia; Servicio público; Contrato comercial; Naturaleza jurídica;
RORD.: La Direccion del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la legalidad de una cláusula contenida en un contrato comercial suscrito por la Armada de Chile, correspondiendo dicha atribución a la Contraloría General de la República.
ANT.: Presentación de 02.10.2018, de Sindicato Nacional Compass Catering y Servicios Chile Ltda.
SANTIAGO, 31.10.2018
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO (S)
A : SINDICATO NACIONAL COMPASS CATERING Y SERVICIOS CHILE LTDA.
AV. NUEVA CENTENARIO N°1879
SANTIAGO/
Mediante presentación del antecedente se ha solicitado un pronunciamiento jurídico de este Servicio en orden a determinar la legalidad de la cláusula X.III.5.1, letra m), contenida en el contrato comercial celebrado entre la empresa Compass Catering y Servicios Chile Ltda. y la Armada de Chile.
Al respecto cabe señalar que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N°18.948, de 1990, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, la Armada de Chile corresponde a una rama integrante de las Fuerzas Armadas.
Por su parte, el artículo 2 de la ley N°20.424, de 2010, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional, establece que las Fuerzas Armadas dependen del Ministerio de Defensa.
En tales circunstancias y atendida la naturaleza jurídica de la institución involucrada, este Servicio se encuentra impedido de conocer y pronunciarse sobre la legalidad de las cláusulas contenidas en un contrato comercial suscrito por la Armada de Chile para la provisión de servicios de alimentación, correspondiendo dicha atribución a la Contraloría General de la República.
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas, cumplo con informar a Uds. que sobre la materia en consulta debe estarse a lo resuelto en el cuerpo del presente informe. Se remite la presentación junto a los antecedentes a la Contraloría General de la República.
Saluda a Ud.,
ROSAMEL GUTIÉRREZ RIQUELME
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/MBA
Distribución:
Jurídico;
Partes;
Control.