Ordinarios
Gratificación; Contrato a plazo; Duración superior a 30 días; Duración inferior a 30 días; Prórroga de contrato;
ORD. N°728
07-feb-2018
El pago de la gratificación legal, respecto de los trabajadores contratados originalmente por un plazo igual o inferior a 30 días y que posteriormente hubiera seguido prestando servicios para el mismo empleador, debe efectuarse considerando todo el período de vigencia de la relación laboral, es decir, sin excluir el período inicial de contratación a plazo fijo.